NUEVA POSTULACION PARA ADQUISICION DE TIERRAS PARA INDIGENAS
A partir de ayer miércoles 18 se inició el plazo para postular a la asignación de tierras para personas indígenas, siendo éste el décimo concurso.
La postulación debe hacerse a través de formularios electrónicos por funcionarios de la CONADI y municipales, debidamente acreditados.
QUIENES PUEDEN POSTULAR Toda persona natural indígena, mujeres y hombres mayores de edad, sin importar su estado civil. También lo pueden hacer comunidades indígenas o una parte de éstas, constituidas según le 19.253.
El subsidio consiste en un aporte estatal a quienes resulten beneficiados, sin cargo de restitución, que deberá ser destinado sólo a la adquisición de tierras. Preferentemente en las postulaciones, se privilegiará a familias sin tierras o con superficie insuficiente y de comunidades o parte de ellas, con tierra insuficiente a juicio de la Corporación.
REQUISITOS
Los postulantes deberán entregar entre otros documentos fotocopia de: cédula nacional de indígena, de libreta de ahorro, de libreta o certificado de matrimonio. Además certificado de calidad indígena cuando el o los solicitantes no tengan apellidos indígenas.
En tanto las postulaciones comunitarias, el presidente de las
Comunidad deberá al momento de postular, presentar los mismos documentos de la postulación individual. Otro requisito importante es que si postula parte de la comunidad se exigirá en la postulación las copias de las libretas de ahorro de cada postulante, que en suma, completen el ahorro total comprometido. Si postula toda la comunidad se deben presentar copia de una libreta de ahorro comunitaria
PLAZO MAXIMO DE POSTULACION.- Hasta el 20 de noviembre del presente año, se estableció el plazo de postulación de este 10º concurso a tierras para indígenas.
A partir de ayer miércoles 18 se inició el plazo para postular a la asignación de tierras para personas indígenas, siendo éste el décimo concurso.
La postulación debe hacerse a través de formularios electrónicos por funcionarios de la CONADI y municipales, debidamente acreditados.
QUIENES PUEDEN POSTULAR Toda persona natural indígena, mujeres y hombres mayores de edad, sin importar su estado civil. También lo pueden hacer comunidades indígenas o una parte de éstas, constituidas según le 19.253.
El subsidio consiste en un aporte estatal a quienes resulten beneficiados, sin cargo de restitución, que deberá ser destinado sólo a la adquisición de tierras. Preferentemente en las postulaciones, se privilegiará a familias sin tierras o con superficie insuficiente y de comunidades o parte de ellas, con tierra insuficiente a juicio de la Corporación.
REQUISITOS
Los postulantes deberán entregar entre otros documentos fotocopia de: cédula nacional de indígena, de libreta de ahorro, de libreta o certificado de matrimonio. Además certificado de calidad indígena cuando el o los solicitantes no tengan apellidos indígenas.
En tanto las postulaciones comunitarias, el presidente de las
Comunidad deberá al momento de postular, presentar los mismos documentos de la postulación individual. Otro requisito importante es que si postula parte de la comunidad se exigirá en la postulación las copias de las libretas de ahorro de cada postulante, que en suma, completen el ahorro total comprometido. Si postula toda la comunidad se deben presentar copia de una libreta de ahorro comunitaria
PLAZO MAXIMO DE POSTULACION.- Hasta el 20 de noviembre del presente año, se estableció el plazo de postulación de este 10º concurso a tierras para indígenas.