LOS VECINOS DESEAN INFORMACION DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Frente a las diversas interrogantes de los vecinos respecto de la administración de justicia en nuestro país, esta corresponsalía estimó conveniente hacer público los principales aspectos de esta nueva Ley del Estado.
EL PODER JUDICIAL
El Poder Judicial está constituido por los Tribunales Ordinarios de Justicia. Sus funciones principales son conocer las causas civiles y criminales, juzgarlas y hacer ejecutar lo juzgado, así como intervenir en todos aquellos actos no contenciosos en que una ley expresa lo requiera.
Forman parte del Poder Judicial la Corte Suprema, las Cortes de Apelaciones, los Presidentes y Ministros de Corte Los Juzgados de Letras, Juzgados de Garantía y Tribunales de Juicio Oral en lo Penal.
A inicios de 2004 existían en el país 513 tribunales. Esto implica un incremento de 75 tribunales respecto al 2002 en el que solo se registraban 438 lo que se debe, en gran medida, a las obras de infraestructura que la reforma al proceso penal ha demandado.
El Artículo 1º de la Ley del Ley del Ministerio Público, señala que es un organismo autónomo y jerarquizado, cuya función es dirigir en forma exclusiva la investigación de los hechos constitutivos de delito, los que determinen la participación punible y los que acrediten la inocencia del imputado y, en su caso, ejercer la acción penal pública en la forma prevista por la ley. De igual manera, le corresponderá la adopción de medidas para proteger a las víctimas y a los testigos
Los Juzgados de Letras son Tribunales unipersonales de primera instancia. Están compuestos por un Juez Letrado, un Secretario abogado, y un número variable de funcionarios administrativos o personal de secretaría. Se encuentran bajo la supervigilancia de las Cortes de Apelaciones.
Habitualmente tiene jurisdicción común Esto es, conocen todo tipo de materias jurídicas; sin embargo, también existen juzgados especializados en materias criminales, civiles, de menores y del trabajo.
Tribunales de Juicio Oral en lo Penal
Fueron creados en el contexto de la reforma al proceso penal. Son Tribunales colegiados de primera instancia, que funcionan en una o más salas integradas por tres miembros. Están compuestos por un número variable de jueces (entre 3 y 27, según lo determine la ley), y una estructura administrativa integrada por un Administrador de Tribunal, Jefes de Unidad y empleados de secretaría. Se encuentran sometidos a la supervigilancia de la respectiva Corte de Apelaciones.
Sus principales atribuciones son conocer y juzgar las causas que llegan a juicio oral; resolver sobre la libertad o prisión preventiva de los acusados puestos a su disposición; resolver todos los incidentes que se promuevan durante el juicio oral y conocer y resolver los demás asuntos que la ley procesal le encomiende.
Juzgados de Garantía
Fueron establecidos en virtud de la reforma al proceso penal. Están compuestos por uno o más jueces que actúan y resuelven unipersonalmente los asuntos sometidos a su conocimiento. Se encuentran bajo la supervigilancia de las Cortes de Apelaciones.
Sus principales atribuciones son asegurar los derechos del imputado y demás intervinientes en el proceso penal; dirigir personalmente las audiencias que procedan; dictar sentencia en el procedimiento abreviado; conocer y fallar el procedimiento simplificado; hacer ejecutar las condenas criminales y las medidas cautelares, además de resolver las solicitudes y reclamos relativos a dicha ejecución.
DEFENSORÍAS LOCALES
La finalidad de la Defensoría es otorgar defensa penal de alta calidad profesional a los imputados o acusados por un crimen, simple delito o falta que sea de competencia de un Juzgado de Garantías o de un Tribunal de Juicio Oral en lo penal y de las respectivas Cortes, en su caso, y que carezcan de abogado.
Por lo tanto, la misión de la Defensoría Penal Pública “es proporcionar defensa penal de alta calidad profesional a las personas que carezcan de abogado por cualquier circunstancia, velando por la igualdad ante la ley, por el debido proceso y actuando con profundo respeto por la dignidad humana de los representados.”
La Defensoría Penal Pública, Servicio dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, sometida a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio de Justicia, fue creada en el año 2001, bajo el marco de la Reforma Procesal Penal.
Los Juzgados de Policía Local
Son Tribunales especiales que dependen administrativamente de la Municipalidad respectiva, pero el Juez está sujeto a la supervigilancia directiva, correccional y económica de la Corte de Apelaciones.
Entre otras múltiples materias, que conocen estos Juzgados son las siguientes: las infracciones a las normas que regulan el transporte público por calles y caminos, y el tránsito público. En esta materia existen numerosas disposiciones, siendo la más importante la Ley de Tránsito Nº 18.290, y numerosos decretos del Ministerio de Transporte.
Regulación de daños y perjuicios ocasionados en accidentes de tránsito, de las infracciones a las ordenanzas, Reglamentos y Decretos Municipales. Infracciones al D.F.L. 458 del Ministerio de la Vivienda, sobre Ley General de Urbanismo y Construcciones, sobre Rentas Municipales.
Infracciones a la Ley 19.496, sobre Protección a los derechos de los Consumidores. Entre otras múltiples materias que conocen estos Juzgados son las siguientes: De las infracciones a las normas que regulan el transporte público por calles y caminos, y el tránsito público. En esta materia existen numerosas disposiciones, siendo la más importante la Ley de Tránsito Nº 18.290, y numerosos decretos del Ministerio de Transporte. Regulación de daños y perjuicios ocasionados en accidentes de tránsito.
Infracciones a la Ley 19.496, sobre Protección a los derechos de los Consumidores. Ley Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.
Infracciones a la Ley 18.11, sobre conexiones o empalmes clandestinos a matrices o arranques de agua potable o alcantarillado. Infracciones a la Ley 19.284 sobre discriminación de discapacitados.
Infracciones a la sobre letreros indicativos de nombres de calles. Infracciones al artículo 2 del Decreto Supremo Nº 158 de 1980, del Ministerio de Obras Públicas, sobre mantención de Pavimentos y Pesajes de Camiones
Infracciones a la Ley de Educación Primaria Obligatoria. Decreto con Fuerza de Ley 216, del 15 de Mayo de 1931, sobre registro de empadronamiento vecinal.
Infracciones sobre Vagancia y Mendicidad. Ley de Alcoholes Nº 18.814. Infracción por, consumo alcohol en la vía pública y manifiesto estado de ebriedad Infracciones a los artículos Infracciones a la Ley 4.023 sobre guía de libre tránsito.
Infracciones al D.F.L. 1 (diario oficial del 12.02.79) deroga D.Nº 20 de 1964 y lo reemplaza por las disposiciones que indica. Combustible. Infracciones ..132 (diario oficial del 10.11.79) Normas técnicas y de calidad y procedimiento de control aplicable al petróleo crudo, a los combustibles derivados de este y a cualquier otra clase de combustible.
Infracciones establece normas sobre crédito que otorguen a pequeños empresarios agrícolas y relativos a prenda agraria.Infracciones sobre normas sobre división de predios rústicos.
Infracciones a la Ley 18.348 Crea Corporación Nacional Forestal y la Protección de recursos Naturales Renovables. Infracciones a la Ley 18.362 Crea un sistema Nacional de áreas verdes silvestres protegidas del Estado. Infracción a la Ley 19.779 que da competencia a los Juzgados de Policía Local para conocer conductas de discriminación a los enfermos de SIDA.
En Purén existen estas tres instancias, es decir el Ministerio Público, el Juzgado de Letras y de Garantía, y el Juzgado de Policía Local, que atiende además a Los Sauces y Contulmo
Frente a las diversas interrogantes de los vecinos respecto de la administración de justicia en nuestro país, esta corresponsalía estimó conveniente hacer público los principales aspectos de esta nueva Ley del Estado.
EL PODER JUDICIAL
El Poder Judicial está constituido por los Tribunales Ordinarios de Justicia. Sus funciones principales son conocer las causas civiles y criminales, juzgarlas y hacer ejecutar lo juzgado, así como intervenir en todos aquellos actos no contenciosos en que una ley expresa lo requiera.
Forman parte del Poder Judicial la Corte Suprema, las Cortes de Apelaciones, los Presidentes y Ministros de Corte Los Juzgados de Letras, Juzgados de Garantía y Tribunales de Juicio Oral en lo Penal.
A inicios de 2004 existían en el país 513 tribunales. Esto implica un incremento de 75 tribunales respecto al 2002 en el que solo se registraban 438 lo que se debe, en gran medida, a las obras de infraestructura que la reforma al proceso penal ha demandado.
El Artículo 1º de la Ley del Ley del Ministerio Público, señala que es un organismo autónomo y jerarquizado, cuya función es dirigir en forma exclusiva la investigación de los hechos constitutivos de delito, los que determinen la participación punible y los que acrediten la inocencia del imputado y, en su caso, ejercer la acción penal pública en la forma prevista por la ley. De igual manera, le corresponderá la adopción de medidas para proteger a las víctimas y a los testigos
Los Juzgados de Letras son Tribunales unipersonales de primera instancia. Están compuestos por un Juez Letrado, un Secretario abogado, y un número variable de funcionarios administrativos o personal de secretaría. Se encuentran bajo la supervigilancia de las Cortes de Apelaciones.
Habitualmente tiene jurisdicción común Esto es, conocen todo tipo de materias jurídicas; sin embargo, también existen juzgados especializados en materias criminales, civiles, de menores y del trabajo.
Tribunales de Juicio Oral en lo Penal
Fueron creados en el contexto de la reforma al proceso penal. Son Tribunales colegiados de primera instancia, que funcionan en una o más salas integradas por tres miembros. Están compuestos por un número variable de jueces (entre 3 y 27, según lo determine la ley), y una estructura administrativa integrada por un Administrador de Tribunal, Jefes de Unidad y empleados de secretaría. Se encuentran sometidos a la supervigilancia de la respectiva Corte de Apelaciones.
Sus principales atribuciones son conocer y juzgar las causas que llegan a juicio oral; resolver sobre la libertad o prisión preventiva de los acusados puestos a su disposición; resolver todos los incidentes que se promuevan durante el juicio oral y conocer y resolver los demás asuntos que la ley procesal le encomiende.
Juzgados de Garantía
Fueron establecidos en virtud de la reforma al proceso penal. Están compuestos por uno o más jueces que actúan y resuelven unipersonalmente los asuntos sometidos a su conocimiento. Se encuentran bajo la supervigilancia de las Cortes de Apelaciones.
Sus principales atribuciones son asegurar los derechos del imputado y demás intervinientes en el proceso penal; dirigir personalmente las audiencias que procedan; dictar sentencia en el procedimiento abreviado; conocer y fallar el procedimiento simplificado; hacer ejecutar las condenas criminales y las medidas cautelares, además de resolver las solicitudes y reclamos relativos a dicha ejecución.
DEFENSORÍAS LOCALES
La finalidad de la Defensoría es otorgar defensa penal de alta calidad profesional a los imputados o acusados por un crimen, simple delito o falta que sea de competencia de un Juzgado de Garantías o de un Tribunal de Juicio Oral en lo penal y de las respectivas Cortes, en su caso, y que carezcan de abogado.
Por lo tanto, la misión de la Defensoría Penal Pública “es proporcionar defensa penal de alta calidad profesional a las personas que carezcan de abogado por cualquier circunstancia, velando por la igualdad ante la ley, por el debido proceso y actuando con profundo respeto por la dignidad humana de los representados.”
La Defensoría Penal Pública, Servicio dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, sometida a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio de Justicia, fue creada en el año 2001, bajo el marco de la Reforma Procesal Penal.
Los Juzgados de Policía Local
Son Tribunales especiales que dependen administrativamente de la Municipalidad respectiva, pero el Juez está sujeto a la supervigilancia directiva, correccional y económica de la Corte de Apelaciones.
Entre otras múltiples materias, que conocen estos Juzgados son las siguientes: las infracciones a las normas que regulan el transporte público por calles y caminos, y el tránsito público. En esta materia existen numerosas disposiciones, siendo la más importante la Ley de Tránsito Nº 18.290, y numerosos decretos del Ministerio de Transporte.
Regulación de daños y perjuicios ocasionados en accidentes de tránsito, de las infracciones a las ordenanzas, Reglamentos y Decretos Municipales. Infracciones al D.F.L. 458 del Ministerio de la Vivienda, sobre Ley General de Urbanismo y Construcciones, sobre Rentas Municipales.
Infracciones a la Ley 19.496, sobre Protección a los derechos de los Consumidores. Entre otras múltiples materias que conocen estos Juzgados son las siguientes: De las infracciones a las normas que regulan el transporte público por calles y caminos, y el tránsito público. En esta materia existen numerosas disposiciones, siendo la más importante la Ley de Tránsito Nº 18.290, y numerosos decretos del Ministerio de Transporte. Regulación de daños y perjuicios ocasionados en accidentes de tránsito.
Infracciones a la Ley 19.496, sobre Protección a los derechos de los Consumidores. Ley Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.
Infracciones a la Ley 18.11, sobre conexiones o empalmes clandestinos a matrices o arranques de agua potable o alcantarillado. Infracciones a la Ley 19.284 sobre discriminación de discapacitados.
Infracciones a la sobre letreros indicativos de nombres de calles. Infracciones al artículo 2 del Decreto Supremo Nº 158 de 1980, del Ministerio de Obras Públicas, sobre mantención de Pavimentos y Pesajes de Camiones
Infracciones a la Ley de Educación Primaria Obligatoria. Decreto con Fuerza de Ley 216, del 15 de Mayo de 1931, sobre registro de empadronamiento vecinal.
Infracciones sobre Vagancia y Mendicidad. Ley de Alcoholes Nº 18.814. Infracción por, consumo alcohol en la vía pública y manifiesto estado de ebriedad Infracciones a los artículos Infracciones a la Ley 4.023 sobre guía de libre tránsito.
Infracciones al D.F.L. 1 (diario oficial del 12.02.79) deroga D.Nº 20 de 1964 y lo reemplaza por las disposiciones que indica. Combustible. Infracciones ..132 (diario oficial del 10.11.79) Normas técnicas y de calidad y procedimiento de control aplicable al petróleo crudo, a los combustibles derivados de este y a cualquier otra clase de combustible.
Infracciones establece normas sobre crédito que otorguen a pequeños empresarios agrícolas y relativos a prenda agraria.Infracciones sobre normas sobre división de predios rústicos.
Infracciones a la Ley 18.348 Crea Corporación Nacional Forestal y la Protección de recursos Naturales Renovables. Infracciones a la Ley 18.362 Crea un sistema Nacional de áreas verdes silvestres protegidas del Estado. Infracción a la Ley 19.779 que da competencia a los Juzgados de Policía Local para conocer conductas de discriminación a los enfermos de SIDA.
En Purén existen estas tres instancias, es decir el Ministerio Público, el Juzgado de Letras y de Garantía, y el Juzgado de Policía Local, que atiende además a Los Sauces y Contulmo
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